martes, 2 de agosto de 2016

¿QUÉ HACEN LOS REGIDORES EN COATEPEC?



El H Ayuntamiento de Coatepec, por aprobación del Congreso del Estado de Veracruz, se conforma por un Presidente Municipal, un Síndico Único y 8 regidores que serán designados por Partidos Políticos en planillas contendientes en una elección constitucional.

La Ley Orgánica del Municipio Libre establece que las decisiones torales que asuma la autoridad municipal vía el pronunciamiento y mandato del presidente municipal en turno, deberán ser avaladas, en lo general por mayoría de votos, esto es el 50 por ciento más 1, y en casos relevantes, como la designación de un Tesorero y un Secretario del Ayuntamiento, por ejemplo, por mayoría calificada, lo que representa los votos de las dos terceras partes de los integrantes del Cabildo como mínimo.

El resumen anterior nos deja claro que las decisiones municipales, muchas, casi la mayoría, tienen que pasar ya sea por aprobación simple, calificada o de unanimidad, de los regidores, al tiempo que ellos tienen la facultad de conocer todos los temas relativos al Gobierno.

En este contexto, si bien es cierto que el Presidente Municipal en turno tiene facultades, y que el Síndico Único hace a su vez las veces de Representante Legal del H Ayuntamiento en turno, esto es, el síndico es el Abogado del Ayuntamiento, la realidad práctica es que en conjunto, es el cuerpo de regidores, sobre todo donde hay más de tres, quienes pueden ejercer mayores facultades, y quienes en su caso, pueden aprobar o desaprobar las decisiones asumidas unilateralmente por el Presidente Municipal en turno.

En el caso concreto de Coatepec, el cuerpo edilicio, como se dijo al principio, involucra a 8 regidores, lo que indiscutiblemente supera en una proporción de 8 a 2, cualquier posición tanto del presidente municipal como del síndico, o en su caso de ambos juntos.

Vaya. Si el Presidente Municipal en acuerdo con el Síndico, dispusieran tal o cual decisión de Gobierno, pero los 8 regidores no estuvieran de acuerdo, los regidores simplemente votarían en contra en mayoría aplastante, lo que dejaría sin efectos los intentos de los primeros.

Así de importante y determinante es la labor de los regidores de un Ayuntamiento.

De todo lo anterior resalta entonces que dentro del cúmulo de señalamientos en contra que últimamente se multiplican en redes sociales, la mayoría impulsados y nacidos desde orígenes estrictamente políticos y con miras electorales al 2017, en la técnica, no solamente sería responsable el presidente municipal en turno, y en sus respectivos casos el síndico único, sino en realidad los responsables de los aciertos y desaciertos, es el CABILDO EN PLENO, o sea, el conjunto de regidores incluido, exactamente en la misma proporción de responsabilidad que el presidente municipal y el síndico único.

Y es que, el hecho de que un regidor pudiera alegar en su favor que ha votado en contra de una o más propuestas presentadas en cabildo, no le excluye en manera alguna de responsabilidad ante la sociedad, pues en todo caso, además de emitir su voto en contra, TENÍA LA ENCOMIENDA DE DAR A CONOCER PÚBLICAMENTE LO QUE CONSIDERÓ FUERE UNA INCONSISTENCIA, IRREGULARIDAD O SIMIL, que soporte y justifique su negativa a emitir un voto a favor.

El no haber hecho esa DENUNCIA SOCIAL PÚBLICA, aunque haya emitido votos en contra, LO HA CONVERTIDO EN CÓMPLICE ADMINISTRATIVO de cualquier clase de consecuencias de aquella decisión por la que votó en contra.

Así pues, en Coatepec Veracruz, de todas las presuntas inconsistencias que se denuncian, que se señalan, que se cuestionan, que se reclaman, que se exigen de parte de la ciudadanía a la autoridad municipal, son responsables no sólo el Presidente Municipal o en su defecto el síndico único, o los dos.

En la vía de la práctica jurídica, son responsables TODOS los integrantes del H Cabildo, quienes bien por conocimiento o bien por omisión del mismo, adquirieron al rendir protesta, la responsabilidad civil y legal de las decisiones de Gobierno.