martes, 24 de enero de 2017

AYUNTAMIENTO DE COATEPEC ACLARA FRASE DEL REGIDOR MARTÍN LÓPEZ MÁVIL


------------------------------000000000000-----------------------


RESPUESTA DE PARTE DE LA DIRECCIÓN:


MUY ESTIMADO DOCTOR RICARDO PEDRO PALACIOS TORRES

H. PRESIDENTE MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE COATEPEC VERACRUZ 

PRESENTE

EN ATENCIÓN AL OFICIO No. PM/279/2017 DEL EXPEDIENTE 01/2017 REFERENTE AL ASUNTO DE: DERECHO DE RÉPLICA, NOTIFICACIÓN ENVIADA VÍA CORREO ELECTRÓNICO DE FECHA 24 DE ENERO DE 2017 CON HORA DE RECEPCIÓN 15:44 HORAS, QUE SE ACOMPAÑA COMO ADJUNTO DEL PRESENTE BAJO EL TÍTULO "SOLICITUD DE DERECHO DE RÉPLICA", RESPECTO A UNA PUBLICACIÓN HECHA EN NUESTROS PORTALES DE INFORMACIÓN CON FECHA 17 DE ENERO DE 2017, (HACE UNA SEMANA), TENEMOS A BIEN INFORMARLE LO SIGUIENTE:

1.- LA SOLICITUD DE DERECHO DE RÉPLICA A LA QUE USTED AMABLEMENTE APELA, LAMENTAMOS INFORMARLE QUE ES IMPROCEDENTE, DEBIDO A QUE NO EXISTE NINGUNA REFERENCIA A SU MUY DISTINGUIDA Y RESPETABLE PERSONA Y MUCHO MENOS A SU INVESTIDURA, EN EL CUERPO DE DICHA INFORMACIÓN. TAMPOCO SE HACE REFERENCIA AL TRABAJO OFICIAL DE LA PRESIDENCIA MUNICIPAL, NI A SUS DISPOSICIONES, NI A SUS DECISIONES, NI A SUS APLICACIONES PRÁCTICAS DE MANDO. NO PONE EN TELA DE JUICIO, NI SEÑALA, NI CRITICA O ATENTA CONTRA ACTOS OFICIALES Y AVALADOS POR DISPOSICIÓN DEL PRESIDENTE O DEL CONJUNTO DEL MUY HONORABLE CUERPO EDILICIO. 

LA NOTA EN COMENTO EXCLUSIVAMENTE SEÑALA, SE DIRIGE Y RECOGE UNA FRASE DEL REGIDOR SEXTO MARTÍN LÓPEZ MÁVIL, HECHA A TÍTULO EXCLUSIVAMENTE PERSONAL, SIN MAYOR SOPORTE OFICIAL, Y SOBRE TODO, SIN LA ENCOMIENDA PREVIA POR VOTACIÓN, DE PARTE DEL CUERPO COLEGIADO EN QUE DEBIÓ HABERSE CONSTITUIDO EL H CABILDO.

2.- LA MISMA SOLICITUD, PARA CUMPLIR EL CONCEPTO DE "SOLICITUD DE RÉPLICA", DEBE OTORGAR AL LECTOR LA VERSIÓN INTEGRAL DE LOS HECHOS RELATADOS MOTIVO DE LA PRESENTE, LO CUAL EL TEXTO QUE AMABLEMENTE NOS HACE LLEGAR A LA VOZ DE LA REGIÓN, INCUMPLE DEL TODO, YA QUE SE LIMITA A DECIR QUE LA INFORMACIÓN PUBLICADA ES INCORRECTA, PERO NO DA NINGUNA APORTACIÓN SOBRE LA INFORMACIÓN CORRECTA, LO QUE DEFORMA EL ORIGINAL CONCEPTO DE "RÉPLICA" QUE DENTRO DE SUS ACEPCIONES, CONLLEVA LA IDEA DE ACLARAR O DAR LUZ SOBRE EL PARTICULAR, APORTANDO NECESARIAMENTE PARA ELLO, LA INTEGRIDAD DE LOS HECHOS A DETALLE. TAL AUSENCIA DE DATOS, VIENE A CONVERTIR EN ESTE EXCLUSIVO CASO, EL TEXTO ENVIADO, EN UN SIMPLE ACTO DE "NEGACIÓN" DE UN CONCEPTO SEÑALATIVO. 

AQUÍ CABE DECIR QUE AUNQUE LA FRASE MOTIVO DE LA NOTA PUBLICADA Y MOTIVO TAMBIÉN DE ESTA SOLICITUD DE RÉPLICA, FUE DADA EN SESIÓN A PUERTA CERRADA COMO USTED AMABLEMENTE LO ESTABLECE, ELLO NO ES PROCEDENTE EN EL RUBRO DE INFORMACIÓN, PUES LAS ACTIVIDADES DEL CABILDO EN GENERAL, DEBEN OBEDECER Y SOMETERSE A LAS LEYES GENERALES Y FEDERALES DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN, POR LO QUE EN UN CONCEPTO GENERAL, SE PUEDE DECIR, QUE CON LAS EXCEPCIONES DE TEMAS DE SEGURIDAD NACIONAL, EL RESTO DE LAS DISPOSICIONES, DECISIONES, REUNIONES DE TRABAJO Y DEMÁS, REALIZADAS EN LAS INSTALACIONES DEL PALACIO MUNICIPAL, SON DEL DOMINIO PÚBLICO, POR LO QUE INCLUSO, LA LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE ACOTAR A DETALLE LAS SESIONES DE CABILDO, INCLUYENDO AQUELLAS QUE POR MATERIA DE OPERATIVIDAD SE CONSIDEREN AL INTERIOR COMO "PRIVADAS", PERO QUE DEBE QUEDAR ÍNTEGRO TESTIMONIO ESCRITO Y GRABADO DE LAS MISMAS PARA CONSULTA DE TODO AQUÉL QUE GENUINA Y LEGÍTIMAMENTE SE INTERESE EN ELLAS.

3.- CON FUNDAMENTO EN LO ANTERIOR, LA SOLICITUD DE RÉPLICA QUE AMABLEMENTE NOS HACE LLEGAR Y DE LA QUE HACEMOS OFICIAL ACUSE DE RECIBO, DEBE HACERLA EN TODO CASO EL ESTRICTAMENTE ALUDIDO, QUIEN EN UN ACTO DE RESPONSABILIDAD PROFESIONAL Y HUMANA Y VALOR CIVIL, DEBERÍA HABER EVITADO MOVER Y EXPONER A TODO EL APARATO OFICIAL, PARA VENTILAR Y DEFENDER UN FIN ESTRICTAMENTE PERSONAL, ORIGINADO POR UN FALLO MOMENTÁNEO.

AUNQUE CABE SEÑALAR QUE AL IGUAL QUE LA FIGURA DE LA RÉPLICA, EXISTE LA FIGURA LEGAL DE LA CONTRA-RÉPLICA, EN DONDE EL PERIODISTA AÚN PODRÁ EXTENDER HASTA EL INFINITO, SU INFORMACIÓN, DEFENDIENDO, CON LA PRESENTACIÓN DE MÁS ARGUMENTOS, VERSIONES ESTENOGRÁFICAS E INCLUSO TESTIMONIOS, SU VERSIÓN ORIGINAL, SIN MÁS ÁNIMO QUE EL DE DEJAR EN CLARO LA ORIGINALIDAD DE SU FUENTE INFORMATIVA.

4.- POR ÚLTIMO, SI BIEN ES VERDAD QUE NO EXISTE UN PERIODO DE TIEMPO ESTABLECIDO EN LA LEY PARA MANIFESTAR PÚBLICAMENTE LA INCONFORMIDAD POR UNA INFORMACIÓN PUBLICADA QUE PUDIERE CONSIDERARSE ERRADA, POR OTRO LADO NO ES MENOS CIERTO QUE NORMALMENTE LAS CARTAS DE ACLARACIÓN, FÉ DE ERRATAS, DERECHOS DE RÉPLICA Y SEMEJANTES, NO TARDAN MÁS ALLÁ DE 48 HORAS EN EMITIRSE, PRECISAMENTE EN EL ÁNIMO DE CORREGIR LO MÁS PRONTO POSIBLE EL RUMBO DE LA OPINIÓN PÚBLICA Y EVITAR LA DEFORMACIÓN DE UNA INFORMACIÓN RECIBIDA. 

LAMENTAMOS PROFUNDAMENTE QUE EN ESTE CASO CONCRETO, SE HUBIEREN DEJADO PASAR EXACTAMENTE 7 DÍAS, O SEA UNA SEMANA, CUANDO CONTAMOS CON DATOS FEHACIENTES QUE LA PUBLICACIÓN OBJETO DE ESTA CADENA DE ACLARATIVOS, FUE DETECTADA A LOS POCOS MINUTOS DE HABER SUBIDO A NUESTRA PLATAFORMA INFORMATIVA.

MUY APRECIABLE DOCTOR RICARDO PALACIOS, LAMENTAMOS MUCHO ESTE INCIDENTE EN EL QUE VISIBLEMENTE MENTES PERVERSAS LE HAN INVOLUCRADO, ABUSANDO DE SU BUENA FE Y SU GRAN DISPOSICIÓN, PERO LE REITERAMOS NUESTRA AMISTAD SINCERA Y RESPETUOSA, HACIENDO VOTOS PARA QUE EN ESTE MISMO NIVEL DE ALTURA EN EL QUE USTED HA CARACTERIZADO SU GESTIÓN, SIGAMOS DANDO PIE AL DEBATE SANO, PROPOSITIVO Y QUE PUEDA REDUNDAR EN UN CRECIMIENTO CONJUNTO TANTO PARA EL SERVICIO PÚBLICO COMO PARA LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

SU AMIGA DE SIEMPRE

LC. DEYANIRA PÉREZ DÍAZ
DIRECTORA GENERAL

SISTEMA INFORMATIVO VOZ COMUNICACIONES
PLATAFORMA MULTIMEDIOS

LA VOZ DE LA REGIÓN

---------------------------000000000-------------------------

Esta es la nota original publicada el martes 17 de enero de 2017 a las 18:02 horas.